miércoles, 13 de abril de 2011

Hasta pronto


Si queridos lectores, este Blog va a permanecer cerrado por VACACIONES. Si bien leéis, por vacaciones, ya que después de que termine mis exámenes y realice un bonito viaje al extranjero, volveré a escribir.
Hace 4 meses comencé este blog partiendo de la nada.  De la mano de mi “padrino”, mi profesor de matemáticas financieras, fue abriéndome un pequeño sitio en el mundo de los Blogs.
He aprendido y he crecido con este blog. He aprendido y he crecido dado que mientras os escribo sobre diferentes asuntos financieros y económicos, yo indago, busco, y me intereso para aprender lo máximo posible y luego enseñároslo a vosotros.
Os animo a todos a comenzar escribir un Blog, sea cual sea su tema. Solo avisaros de algo. Un blog es como un tamagotchi, ¿os acordáis de ellos?. Había que alimentarlos, asearlos, jugar con ellos, porque si no morirían. Un blog hay que mantenerlo actualizado, alimentarle con nuevos blogs, de los que se nutre para vivir. Hay que jugar con él, añadiéndole un sinfín de artilugios, que lo único que hacen es despistar al lector, pero nos empeñamos en tenerlos, como si coleccionistas de estos artilugios quisiéramos ser.
Por último, decir que al escribir este blog voluntario, me han ofrecido participar en otro blog de estos temas. ¡Sin dudarlo lo he aceptado!
Asique más puedo pedir, me ofrecen otras oportunidades y encima aprendo.
Bueno, no os entretengo más.

Sin nada más que deciros:

Hasta pronto y a vivir la vida que son TWO days.

miércoles, 30 de marzo de 2011

Opciones financieras

En este espacio se planteará una sección dedicada en exclusiva a las opciones financieras. Procuraré hacer un recorrido desde los conceptos fundamentales hasta algunas de las estrategias más desarrolladas que se pueden realizar. Como siempre, abordaremos este apartado en profundidad.
El objetivo que planteo es que cuando este apartado toque a su fin, todas los sufridos lectores puedan ser capaces de utilizar en el mercado real las variadas y sorprendentes posibilidades que nos ofrecen la opciones financieras.
Y sin haceros esperar más….


Una opción financiera es un instrumento financiero derivado que por medio de él se establece un contrato que da a su comprador el derecho, pero no la obligación, a comprar o vender bienes o valores (activos subyacente) a un precio determinado (strike o precio de ejercicio, hasta una fecha determinada (vencimiento)

Los conceptos de activo subyacente, strike, etc. vamos a obviar el explicarlos, ya que en anteriores post se han explicado.
Sin embargo, cabe destacar, los siguientes aspectos:

El activo estará sujeto a un precio por un periodo de tiempo determinado, especificado en el contrato. El precio que se paga por la opción se denomina prima. La opción, dentro del ámbito financiero presenta numerosas variantes, tanto por la finalidad del negocio, como por su utilización simple, o combinada con otros instrumentos financieros (futuros, otras opciones, etc.).
El contrato de opción tiene una diferencia con respecto al forward, futuro y swaps, y es que en éstos se contraen obligaciones, mientras que en los contratos de opción se adquiere el derecho de comprar un cierto activo. Este activo puede ser un tipo de interés, una divisa, cualquier papel de renta fija o variable etc.

La prima de una opción

Es el precio que el comprador de una opción paga al vendedor, a cambio del derecho derivado del contrato.
A cambio de la prima, el vendedor de una opción put está obligado a comprar el activo al comprador si éste ejercita su opción. De forma simétrica, el comprador de una put tendría derecho a vender el subyacente en las condiciones fijadas.
Por otro lado, en el caso de una call, el comprador tiene derecho a comprar el subyacente a cambio del pago de una prima, y viceversa para el vendedor de call. El vendedor de la opción siempre cobra la prima, con independencia de que se ejerza o no la opción.

La prima de una opción varía en función de la ley de oferta y demanda que establece el mercado. No obstante existe una serie de parámetros que fijan la prima:
-         Precio del activo subyacente
-         Precio del ejercicio
-         Tipo de interés
-         Dividendos a pagas
-         Tiempo hasta vencimiento
-         Volatilidad futura.

En los precios de las opciones tiene mucha influencia los tipos de interés:
-         Una subida de los tipos de interés provoca una disminución del precio de una opción Put
-         Una subida de los tipos de interés provoca un aumento del precio de la opción Call

También puede influir la volatilidad en el precio de las opciones:
-         El incremento de la volatilidad provoca un aumento del precio de la opción, tanto opciones call como put.
-         La disminución de la volatilidad provoca el efecto contrario, es decir, la disminución de su precio.



Más acerca de la prima: valor intrínseco y temporal

La prima de una opción se puede dividir en dos componentes:
1.   Valor intrínseco: es el valor que tendría una opción en un momento determinado si se ejerciese inmediatamente
2. Valor temporal: es la valoración que hace el mercado de las mayores probabilidades de mayores beneficios con la opción si el movimiento del precio del activo es favorable


Veamos estos términos con un sencillo ejemplo:

Las opciones Call sobre las acciones de BMW, tienen como precio de ejercicio 40 euros y cotizan a 3,5 euros. Sabemos que la acción de BMW es de 42 euros
Valor intrínseco = 42-40= 2 euros

Por otra parte, el comprador de una opción estará dispuesto a pagar un importe superior al valor intrínseco, si espera que hasta el vencimiento los precios en el mercado pueden modificarse de tal forma que obtenga un beneficio superior a dicho valor. El vendedor de una opción exigirá una prima superior al valor intrínseco, para cubrirse del riesgo de una alteración en los preciso que le suponga una pérdida superior. A esta diferencia entre la prima y el valor intrínseco se le denomina valor tiempo o valor extrínseco. 
Valor temporal = 3,5-2= 1,5 euros


Tipos básicos de opciones financieras.

Hay dos tipos básicos de opciones:
- Opción de compra (call options). Para explicarlos separaremos la figura del comprador (compra call options)  y el vendedor (vende call options):
·        Compra de una opción call: esta da a su comprador el derecho, pero no la obligación, a comprar un activo subyacente a un precio predeterminado en una fecha concreta.

·        Venta de una opción put: esta, sin embargo, da al vendedor de dicha opción la obligación de vender el activo en el caso de que el comprador ejerza el derecho a comprar. Por lo tanto, el vendedor recibe la prima ( el precio de la opción)


- Opción de venta (put options). En este caso también vamos a separar la figura del comprador (compra de una opción put) y el vendedor (vende una opción put)
·        Compra de una opción put: el comprador de una opción put, tiene derecho, a cambio del pago de una prima,  a vender un activo subyacente a un precio predeterminado hasta una fecha concreta.


·        Venta de opción put: el vendedor de una opción put tiene la obligación, a cambio de recibir una prima, de comprar el activo subyacente si el comprar de la opción decide ejercer su derecho.


Uf, me saturo. Que si compra, venta, que si venta, compra. ¡Pero qué tormento es este! Si esta es vuestra reacción no os preocupéis, que en el siguiente cuadro se sintetiza la relación comprador –vendedor utilizando como activo las acciones:


¿Tipos básicos de opciones? Mejor entremos en profundidad…

Existe una gran diversidad de opciones. A continuación vamos a mencionar una curiosa clasificación: las vainilla y las exóticas.


Opciones vainilla “vanilla options”
Estas son las opciones básicas, las cuales, dependiendo del tipo de derecho que nos den, son opciones de compra o de venta. En función de su forma de ser ejercidas podemos distinguir:
·        Opción europea: aquella que solo puede  ejercerse en una fecha determinada del contrato, que será la fecha de su vencimiento.
·        Opción americana: puede ejercerse en un momento cualquiera de la vida del contrato hasta su fecha de vencimiento, esta ultima incluida.

Opciones exóticas “exotic option”

Estos productos son negociados normalmente over-the-counter (OTC). Incorporan distintas variantes ("exoticidades") que pueden llegar a complicar el cálculo de la valoración de la opción en gran medida.
A continuación vamos a enumerar algunas:

Según la exoticidad en el cálculo de pago:

·        Opción asiática: depende de la media del valor del subyacente en un periodo determinado
·        Opción “oscilante”: el comprador puede “oscilar” el precio del subyacente. Principalmente es empleada en energía.
·        Opción “parisina”: depende del tiempo que el activo esté por encima (o por debajo) del strike

Según la exoticidad en la fecha/forma de ejercicio:

·        Opción “bermuda” permite ser ejercida en varios momentos del tiempo, por ejemplo trimestral o semestralmente
·        Opción “grito”: Consiste en dos fechas de ejercicio distintas. El comprador puede señalar –o “gritar”- una fecha en la que el precio del subyacente le parezca interesante. En el momento final de madurez de la opción, el comprador puede decidir si le conviene el pago (pay off) a precio de la fecha final o a precio de la fecha del “grito”.

Según la exoticidad en función del subyacente:
  • Opción “cesta”: se basa en una media ponderada de distintos subyacentes.
  • Opción “de intercambio”: se intercambia un activo por otro.

Según la exoticidad en función de la divisa:
  • Opción “cruzada”: el subyacente se negocia en una divisa y el strike está denominado en otra.
Os prometo blogeros que no me he vuelto loca, que se llaman así de verdad. Y solo os digo que hay muchas más: opción de estilo rap, opción iraelí…
¡Con tanas opciones de opciones comienzo a trabarme!

¿Cómo funcionan las opciones financieras?

La forma de funcionamiento es la siguiente: el comprador de una opción, a cambio de pagar una comisión (prima), adquiere el derecho, pero no la obligación, de realizar una transacción de compra (opción call) o de venta (opción put) de un instrumento dado a un precio determinado (nivel strike). La transacción se realiza en la fecha de vencimiento de la opción. Sin embargo, el propietario de la opción en cualquier momento tiene la posibilidad de revender en el mercado el instrumento adquirido (opciones americanas).

Lugares de negociación.

Pues haber, tenemos dos opciones de negociación de opciones (¡Válgame la repugnancia!)
-         Mercados organizados: son aquellos que están regulados, ya que, en ellos existe una estandarizan los contratos y productos. A diferencia de los mercados no organizados existe una cámara de compensación y liquidación que se encarga de dirigir, gestionar y controlar una institución para el correcto cumplimiento de las condiciones y resoluciones de los contratos.
Un ejemplo de mercado organizado es el que encontramos en EEUU, el Chicago Board Optiones Exchange.
-         Mercados Over the Counter (OTC): se trata de mercados libres no reglados o de carácter; mercados fuera de bolsa; mercados internacionales o nacionales no reglados sin ubicación física, es decir, en los que las transacciones se realizan por medio de mensajes a través de los diferentes medios de comunicación, incluyendo el cierre de transacciones por ordenador. No existe órgano de compensación y liquidación que intermedie entre las partes y garantice el cumplimiento de las obligaciones convenidas por las mismas.

Entonces, según esto, podemos sacar de conclusión que mientras que en los mercados OTC, los contratos son a medida, en los mercados organizados, los contratos están plenamente estandarizados en términos de: vencimiento, precio de ejercicio y tipo de opción:

En el siguiente cuadro os voy a enumerar las principales diferencias de estos mercados:

Para finalizar, os dejo un video de estrategias con opciones financieras:


Y fueron felices y comieron perdices. Hasta aquí os puedo contar.
¡Hasta pronto!

 
 

viernes, 25 de marzo de 2011

Basilea III

¿Basilea? Basilea es una ciudad de Suiza. Una ciudad con más de 163.500 habitante, y no es de extrañar porque es una ciudad con mucho encanto. Y si no la conocéis, aquí os dejo una brillante foto:


Evidentemente, queridos lectores, este  post de hoy no está dedicado para hablar de esta mágica ciudad, pero si para hablar de Basilea III

Basilea III no es ni el tercer barrio de dicha ciudad suiza, ni un sitio, no; pero evidentemente si es algo muy relacionado con nuestro blog económico-financiero y con los acuerdos.

Pues empecemos por el principio….

Instituciones importantes en este mundo tales como las entidades bancarias necesitan una regulación, una serie de recomendaciones sobre leyes, etc. que hagan que estas instituciones vayan cada vez mejor.

Pues de esto mismo es de lo que se encarga el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria (BCBS).


Dicho Comité  es una institución que fue creada en el año 1974 y que fue idea del banco central de Gobernadores del Grupos de los Diez naciones (G-10). Como toda cosa, se avanza, y en la actualidad el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria se compone del grupo de los veinte, es decir, de los G-20 economías más importantes. En el siguiente mapa podéis ver con color morado y azul a los miembros del G-20.



Como bien observan vuestros ojos, los miembros proceden de Argentina , Australia , Bélgica , Brasil , Canadá , China , Francia , Alemania , Hong Kong , India , Indonesia , Italia , Japón , Corea , Luxemburgo , México , los Países Bajos , Rusia , Arabia Saudita , Singapur , Sur África , España , Suecia , Suiza , Turquía , el Reino Unido y los Estados Unidos.

El Comité se reúne en el Banco de Pagos Internacionales (BPI) ,en Basilea , donde sus 12 miembros permanentes (Secretaría) se encuentran.
Ahora ya os debe cuadrar mucho más el por qué de la elección del nombre de Basilea para esto.
Pues ahora que sabéis qué es esto de Basilea, ahora sí podemos hablar de:

Los Acuerdos de Basilea
Los acuerdos de Basilea se refieren a la supervisión bancaria (recomendaciones sobre leyes y regulaciones bancarias) por el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria.
Una vez más resalto, que se les llama los Acuerdos de Basilea, porque el Comité de Basilea mantiene su secretaria en el Bando de Pagos Internacionales, en Basilea, y el comité se reúne allí.
Cuando hablamos de estos acuerdos, podemos nombrar tres:
-         Basilea I (1988): centrándose en el riesgo de crédito, Basilea I publicó una serie de requisitos de capital mínimo para los bancos. Ahora, digamos, que es la abuela de todas las Basilea, ya que  ahora es vista como una anticuada
-         Basilea II (2004): es el segundo de los acuerdos de Basilea.  El objetivo de esta era nombrar una serie de requisitos de capital de riesgo y de gestión, destinada a eliminar el riesgo al que los bancos se exponen a través de sus préstamos y prácticas de inversión.
-         Basilea III (2010): es el tercero de los Acuerdos de Basilea realizado el año pasado.  Se ha desarrollado en respuesta a las deficiencias en la regulación financiera revelada por la crisis financiera mundial. Dicho acuerdo, al ser el último, va a ser el que tratemos más a fondo.

BASILEA III
Basilea III es un nuevo marco normativo mundial para reforzar la solvencia y liquidez de las entidades de crédito, según lo acordado por los miembros del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea.


El objetivo de esta normativa  es evitar crisis financieras como la que estamos viviendo en estos años, o si se produce, que sean las propias entidades las que asuman las pérdidas, no los bancos centrales y los impuestos de los ciudadanos (algo justo y ético ¿no creéis? ).

No obstante, podríamos citar, de una forma generalizada, sus principales objetivos:
-         Exigencia de capital de mayor calidad, transparencia y consistencia.
-         Fortalecer y mejorar la cobertura del riesgo.
-         Introducción de un ratio de apalancamiento.
-         Establecimiento de un nuevo estándar global de liquidez mínima.

Con Basilea III se favorece la transformación de fondos de inversión y de pensiones en depósitos bancarios. Basilea III exige un menor apalancamiento de las entidades, un factor que aporta estabilidad financiera y económica, pero que limita las inversiones de todo tipo.
La importancia del acuerdo se centra en los requisitos de capital que deben cumplir los bancos a partir de 2019.

Siendo más específicos, dicha reforma lo que trata es de establecer una nueva ratio de capital, Tier 1 (capital + reservas), mínima para los bancos de todo el mundo.

El mínimo hasta entonces se situaba en un 2%. Sin embargo, con esta nueva reforma se ha fijado en un 7% (Tier 2), a alcanzar en un horizonte temporal 2013-2018 con una implantación gradual
Quien entienda un poquito de este mundillo, verá claramente que con este nuevo mínimo, se triplica el volumen de reserva de activos que los bancos deben reservar frente a las pérdidas. 
Si a algunos os parecía mucho un 7%, un amplio grupo de países quería la cifra de 7%  en un 4% mientras que otros abogaban por un 10%.
Por otro lado, una mayoría de países, entre ellos EEUU y Reino Unido, querían criterios más severos a los que se llegaron a acordar finalmente, pero accedieron a esta ratio global más baja y a un período de aplicación más dilatado (2013-2018)

Lo que está claro que si entre hijos y padres es difícil llegar a un acuerdo, entre distintos países no va a ser una excepción. Lo importante es llegar al acuerdo.

Medidas tomadas
1.     Capital de mayor calidad, consistencia y transparencia
Con el objetivo de reducir el riesgo sistémico procedente del sector financiero, el Comité propone una serie de medidas que aumenten la calidad, consistencia y transparencia del capital regulatorio. En particular propone fortalecer el capital base (Tier 1), plenamente disponible para absorber pérdidas:
-         Los componentes principales del Tier 1 deben ser acciones ordinarias y ganancias retenidas.
-         Simplificar el Tier 2. Se reducen los criterios de entrada a uno único, eliminando por tanto las subcategorias. Todo el capital el Tier 2 necesitará estar subordinado a depositantes y accreedores generales y tener un periodo de maduración original de al menos 5 años.
-         Eliminación del Tier 3. De esta forma se persigue que el capital utilizado para alcanzar los requerimientos de riesgo de mercado tenga la misma calidad y composición que el utilizado para alcanzar los requerimientos de riesgo de crédito y operacional.

2.     Fortalecer y mejorar la cobertura de riesgo

Las propuestas para este objetivo son:
-          Las entidades financieras deben determinar los requerimientos de capital para riesgo de crédito de contrapartida utilizando inputs estresados.
-          Cargo adicional de capital para pérdidas a valor de mercado asociadas con un deterioro en la calidad crediticia de una contraparte.
-          Prolongar periodos de requerimiento de margen para las entidades financieras con elevada e ilíquida exposición.
-          Incentivar a las entidades financieras para mover sus exposiciones a las contrapartidas centrales para evitar el riesgo sistémico procedente de la interrelación observada entre entidades financieras a través del mercado de derivados.
-          Aumentar la ponderación del riesgo para aquellas exposiciones mantenidas con otras entidades financieras debido a la alta correlación existente entre estas.

3.    Ratio de apalancamiento

Debido a que una de las características subyacentes de la crisis fue el excesivo apalancamiento en el sector financiero, el Comité propone la introducción de un requerimiento para el ratio de apalancamiento que persigue los siguientes objetivos:
-          Inclusión de un límite inferior a la acumulación de apalancamiento en el sector bancario
-          Introducir cláusulas de salvaguarda adicionales contra el riesgo del modelo y el error de medición, complementando las medidas basadas en el riesgo con una medida del riesgo independiente, simple y transparente basada en la exposición bruta.

4.    Exigencia de capital de mayor calidad, transparencia y consistencia.

 Los bancos, como ya hemos comentado, tienen mayores requerimientos de reservas de capital:
-          Incremento del nivel mínimo exigido a las entidades financieras de capital básico del 2% al 7%. Los estados tendrán la capacidad de elevarlo hasta el 9,5%.
-         Creación de un colchón de capital anti cíclico del 2,5%.
Esta imagen muestra a la perfección los cambios existentes en este tema:




¿Los ciudadanos de a pie vamos a notar algo?
El ciudadano de a pie va a notar y mucho la implantación de Basilea III.
Para adaptarse a la nueva situación, las entidades de crédito van a tener que cambiar su modelo de negocio, retribuirán menos por los depósitos y cobrarán más por el dinero que presten.

Al mismo tiempo, los accionistas, podrán encontrarse con ampliaciones de capital así como recortes en los dividendos.
Ante esta situación el inversor no deberá sorprenderse de que las entidades financieras españolas intenten captar sus ahorros para su capital propio, en lugar de hacerles las recomendaciones más atractivas para obtener buenas rentabilidades a sus patrimonios, en los mercados de capitales internacionales.

Las ganadoras de este juego serán las gestoras internacionales que comercializan sus productos en nuestro país, dado que sólo ellas intentarán buscar los activos más rentables para los inversores en los distintos mercados internacionales. De hecho los últimos datos conocidos reflejan que van ganando cuota de mercado en fondos de inversión a las gestores nacionales, tendencia que seguirá  en aumento, a medida que pasen los meses y los años.
A lo mejor por estas causas, ante la pregunta de que si esta nueva regulación internacional evitará una nueva crisis financiera, los ciudadanos de a pie optan por un no rotundo:



¿Qué opinan los encargados de poner en marcha este acuerdo?
Una vez más, en la variedad está el gusto, y esto no iba a ser menos. Hubo opiniones de todo tipo, que si un mayor período de aplicación, que un menor o mayor Tier, bla, bla, bla…
Aquí os muestro algunas de las opiniones sobre el tema de Basilea III:
-         Jean-Claude Trichet, el presidente del Banco Central Europeo y del grupo negociador, calificó el acuerdo de “endurecimiento fundamental de los requisitos globales de capital... Su contribución a la estabilidad financiera y al crecimiento a largo plazo será sustancial”.

-         Analistas del sector opinan que si se aprobaba la propuesta preliminar del 7%, la mayoría de los grandes bancos estadounidenses y europeos no tendrían necesidad de recaudar una cantidad considerable de nuevo capital. “En el caso de los grandes bancos con actividad a escala internacional, no creo que vaya a suponerles un gran reto cumplir con los nuevos criterios”, señaló Gerhard Schroek, socio de la consultora Oliver Wyman.

-         Se pensó que algunos bancos alemanes públicos podrían tener dificultades

-         El Banco de España, por su parte, valoró positivamente la revisión de las normas de solvencia bancaria al considerar que los nuevos requerimientos de capital se han planteado para evitar nuevas crisis financieras, y no olvidar que permiten la existencia de bancos más fuertes y sólidos y despejan las incertidumbres que se planteaban en el sector sobre ellas
 En la reunión en Basilea, a la que asistió el gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, dijo que se han adoptado medidas “positivas” y satisfactorias, según el supervisor. Algo importante es que Los bancos españoles no tendrán que realizar, con carácter general, grandes esfuerzos de adaptación.

Que tengan buenos resultados los Acuerdos de Basilea III no lo podemos saber. Quién sabe, a lo mejor para el 2018, fecha final de adopción de acuerdos, os escribo un post comentando como ha ido la jugada.
No os prometo nada.



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