lunes, 21 de marzo de 2011

CDS (Credit Default Swaps)

Dado que el último Post que publiqué era todo lo relacionado con los SWAPS, hoy vamos hablar de los CDS (Credit Default Swaps).
Comencemos pues…
¿Qué son?
Un Credit Default Swaps (CDS) o  Swaps de incumplimiento crediticio es un contrato entre dos partes, un comprador y un vendedor en protección, sobre un determinado instrumento de crédito, normalmente un bono o un préstamo. En este contrato el comprador se compromete a realizar una serie de pagos periódicos (spread) al vendedor, y  a cambio recibe de éste una cantidad de dinero en caso de que el título que sirve de activo subyacente al contrato sea impagado cuando este venza.
Es decir, el comprador se compromete a realizar una serie de pagos en el tiempo y el vendedor se compromete a cubrir parte o total del crédito asegurado en caso de que éste no sea cancelado.
Expliquémonos con un sencillo ejemplo:
Patty, que es la compradora, y Selma que es la vendedora en protección, hacen un contrato. Patty compra protección sobre el riesgo de default (impago) de una cierta cantidad  de bonos o deudas de una compañía, durante dos años. Selma es la otra parte, la cual vende esta protección.
Patty, que os recuerdo que es la compradora, paga una prima periódica, el spread, a cambio del cual,  en caso de que se produzca un default,  Selma, la vendedora, compensará al  Patty por las pérdidas en esos bonos y el spread se dejará de pagar.
Con las hermanas de Marge seguro que os ha quedado bien claro qué es un Credit Default Swaps. No obstante, como yo sé que partes de mis lectores les mueve el apetito del saber, vamos a profundizar más en este tema.


Los CDS me recuerdan a algo…

Estoy segura que mis queridísimos y admirables lectores, al igual que yo,  os habéis dado cuenta que un Credit Default Swaps es un instrumento muy parecido a un contrato de seguros, en el cual, se paga una prima anual por una protección sobre ciertas pérdidas contingentes
Sin embargo, existen notables diferencias con los seguros. Las más relevantes son que el vendedor no requiere ningún tipo de regulación, y que no está obligado a mantener ningún tipo de reserva para pagar a los compradores.
Además, mientras el contrato de un seguro ofrece una indemnización por las pérdidas producidas por el titular de la póliza ( robo, incendio), los CDS establecen un pago similar a los titulares sin que exista ninguna pérdida real para ellos.
Podemos decir entonces, que los CDS comparte un notable parecido con los seguros, como las hermanas gemelas Patty y Selma (ambas fuman, son gemelas, etc.), pero que tienen también distinciones, una vez más, como Patty y Selma, que tienen aficiones distintas.

Un poco de historia
Podemos fechar el uso de los CDS desde 1990, los cuales, fueron establecidos como un aseguramiento para las grandes corporaciones petroleras tras el derrame del Exxon Valdez, en 1989.
El que sea un instrumento fácil de empleo, y la existencia de regulación ante ellos, lo convirtieron en el más popular de los instrumentos en el mercado de derivados
No obstante, durante su primera década de uso, permanecieron prácticamente desconocidos, y el volumen de operaciones no alcazaba los 200.000 millones de dólares anuales.
Hacia finales de la década, dicha cifra aumentó a los 500.000 millones de dólares.
El auge de los CDS, como muestra la gráfica the New York Times que os muestro, se produce el años 2003, en una forma tan acelerada, que al año 2007 alcanzó el volumen de operaciones los 45.500.000.000.000 dólares.
En el año 2008 alcanzaron su nivel máximo con 65 billones de dólares.


Principales características de los CDS
·           Son productos negociados Over the Counter (OTC). Esto significa que no se negocian en un mercado oficial organizado, sino que, se trata de contratos hechos a la medida a las partes del contrato.
·           Los activos subyacentes a los que hace referencia un CDS son cualquier préstamo o títulos de deuda (bonos, obligaciones). En nuestro anterior ejemplo de Patty y Selma el activo subyacente sería lo que hemos llamado X.
·           Algo que me llama muchísimo la atención es que no existe una regulación sobre los CDS en casi ningún país. Me sorprende al tratarse una operación financiera parecida a los seguros, cuyo objeto es cubrir un impago. A mi parecer, el que no tenga una regulación, los CDS tienen mayor riesgo de incumplimiento de los contratos que los seguros.
·           Aunque, como ya hemos dicho, el CDS tenga en común algunos elementos con los seguros, no son regulados dentro de las actividades de seguros, y por ello, ninguna entidad que vende los CDS, tiene que cumplir las normas de los seguros.
·           Se han llegado a utilizar con un fin especulativo.
·           Cuánto más alto sea el spread o el valor del CDS, mayor es la probabilidad que otorga el mercado de que esa empresa o estado quiebre.

¿Qué son los CDS en descubierto o naked CDS?
Este tipo de CDS se da en aquellos casos en que alguien suscribe un contrato de CDS sin ser poseedor de ningún título de los que quiere asegurar.
 En estos casos la finalidad de la operación es la especulación sobre la evolución de los subyacentes y puede llegar a producirse el caso paradójico de que se emitan más CDS que títulos existen.

¿Qué sucede si se produce un default=impago?

1.      El comprador entrega los bonos al vendedor, y el vendedor paga al comprador el nocional (cantidad comprada de bonos o deudas) entero. Esto se denomina liquidación física.

2.      El  vendedor paga al comprador la pérdida de valor de los bonos, lo que se conoce como liquidación por diferencia.

En el caso de que haya un default, los bonos siguen comprándose y vendiéndose en el mercado. La razón de que sigan comprándose y vendiéndose es que su precio no disminuye hasta cero, ya que en la mayor parte de los casos, el mercado espera una recuperación de una parte importante de los flujos prometidos por el bono.

Algo más práctico sobre los CDS
La contratación de los CDS se realiza generalmente mediante contratos estándar de la ISDA (International Swaps and Derivatives Association). Si bien, como habíamos comentado, como los CDS son contratos a medida, éstos pueden pactarse con las cláusulas y medidas que ambas partes acuerdos. Esto ya lo habíamos comentado en las características.
Lo que no había sido nombrado es que los plazo que más se cotizan son los de 1, 3, 5,7 y 10 años.
Curiosamente, la gran mayoría de los CDS no se utilizan para proteger los bonos de las carteras de los compradores, sino que se emplean sobre todo para operaciones en varias estrategias de inversión a corto plazo en los spreads.
En el caso de que el inversor prevea que los spreads van a aumentar, comprará protección; pero si piensa lo contrario, este venderá protección.

Los CDS desde un punto de vista crítico.
Los CDS están muy a menudo en la boca de la crítica:
1. Uso especulativo de los CDS
Los CDS han sido objeto de debate en la crisis financiera de 2008. El motivo fue el haber sido utilizados como instrumentos de ataque a la deuda pública de algunos países, como es el caso de Grecia en el 2010.
Algunos dirigente europeos como la canciller alemana Merkel se han mostrado partidarios de prohibir los CDS que pueden ser utilizados de forma especulativa para apostar contra los estados.
En la crisis de los mercados financieros (2008-2010), la evolución de los CDS de las empresas y de los países, han sido continuamente mencionados en los titulares de la prensa generalista y especializada. Pero siempre ha habido dudas sobre su importancia en términos del volumen contratado y emitido. A raíz de una publicación en Financial Times, hemos sabido como el volumen total emitido en CDS de varios países es más bien insignificante en relación por ejemplo el volumen total de deuda pública emitida por ese mismo país.
La operación habitual de un gestor de inversiones es comprar deuda de un país y cubrirte comprando CDS. Por ejemplo, en Grecia solo supone un 2% del total de deuda emitida, en Portugal un 4%, en España los CDS vivos apenas alcanzan el 1,7% del total del mercado de deuda y en Inglaterra apenas el 0,4%. Solo en Rusia suponen el 6,4%, el más elevado aunque nada importante

2. Mercado en las sombras
Así es como se le ha llegado llamar a estos CDS. Se debe a que se les culpa de la desaleración económica por apostar a profundizar la crisis tras el estallido de la crisis de julio de 2007.
Además, producto de su carácter desregulado y su falta de transparencia, se han mantenido en una caja negra imposible de cuantificar. Su carácter de instrumento nuevo (se emplean en forma más amplia desde el 2003, pero por un puñado de inversionistas, el monto mínimo requerido son 10 millones de dólares), hace que muchos ignoren su funcionamiento.
 El problema mayor de los CDS es el enorme volumen que han tomado (mayor a toda la economía mundial) lo que plantea enormes riesgos sistémicos. Para muchos, estos instrumentos son la génesis de los “activos tóxicos”, un verdadero monstruo creado, a lo Frankenstein, y que se tornó imposible de controlar.

3. Los PIIGS
Los PIIGS lo conforman los países de Portugal, Italia, Irlanda, Grecia y España.
Surgieron muchas preocupaciones por culpa de las las noticias relacionadas con las finanzas públicas de España, Grecia e Irlanda (en la actualidad cabe destacar que algunos han tenido que ser rescatados). Esto se confirma  si miramos este gráfico en el que se ve que los spreads entre los CDS están creciendo para los países PIIGS.


Por si no lo recordáis, uno de las características de los OCD es que cuanto más alto sea el spread o el valor del CDS, mayor es la probabilidad que otorga el mercado de que esa empresa o estado quiebre.

Para finalizar, os dejo una página en la que se ofrecen gratuitamente los datos de los CDS más importantes del mundo, tanto soberano como corporativo.
Fuentes:

 


Si se da la situación de que se produce un default, hay dos opciones: 

1 comentario:

  1. Eva, me gustaría contactar contigo pero no veo el modo.

    Me podrías mandar un mail a susana(arroba)weblogssl.com

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